Medidas tributarias urgentes para responder al impacto económico del Covid-19
- On 13/03/2020
Hoy viernes, día 13 de marzo de 2020, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
Entre las medidas que recoge este RDL, en su artículo 14 se establece la posibilidad del aplazamiento de las deudas tributarias pero únicamente para aquellas entidades o personas físicas que en el ejercicio 2019 hayan tenido un volumen de Operaciones inferior a 6.010.121,04 euros.
Para todos aquellos que cumplan dicha premisa principal, las condiciones de este aplazamiento extraordinario son las siguientes:
- Se concederán aplazamientos de deudas tributarias que se encuentren en período voluntario de pago desde hoy, 13 de marzo, hasta el día 30 de mayo de 2020.
- El aplazamiento es previa solicitud, sin necesidad de aportar garantías y hasta una cantidad máxima aplazable de 30.000€.
- Se permite también, que hasta ahora no era posible, el aplazamiento de retenciones, ingresos a cuenta, pagos fraccionados e IVA (en los términos referidos).
- El plazo del aplazamiento será de 6 meses y sin devengo de intereses de demora en los 3 primeros meses.
Por lo tanto, esta medida afectará, por ejemplo, al IVA mensual de febrero, marzo y abril, para entidades que optaron por el SII, y a los pagos correspondientes al primer trimestre –como Retenciones, IVA y pagos fraccionados de empresarios y de Sociedades-, cuyo plazo de presentación termina el 20 de abril, pero recordemos siempre y cuando el volumen de operaciones en 2019 haya sido inferior a 6.010.121,04 euros y hasta un máximo aplazable de 30.000 euros.
A este respecto, la Agencia Tributaria ha publicado, en su página web, las instrucciones concretas para solicitar este aplazamiento, que se pueden consultar en este enlace.
Adicionalmente, la Agencia Tributaria ha comunicado en su página web lo siguiente en relación con los plazos de los procedimientos tributarios:
“Los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo.
Su cita la podemos aplazar, le llamaremos para comunicarle la nueva fecha.”
Esperamos que esta información os resulte de utilidad para una adecuada planificación fiscal.
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