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NUEVO PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • On 02/10/2016

El Consejo de Ministros del pasado viernes 30 de septiembre de 2016, aprobó el Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público.

En concreto, se modifican las reglas de cálculo del pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades a los contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, sea al menos 10 millones de euros.

La modificación para dichos contribuyentes consiste en:

  • Establecimiento de un PAGO MÍNIMO a cuenta del Impuestos sobre Sociedades calculado sobre el resultado contable (con independencia de la base imponible):

La cantidad a ingresar no podrá ser inferior, en ningún caso, al 23% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural o, para contribuyentes cuyo período impositivo no coincida con el año natural, del ejercicio transcurrido desde el inicio del período impositivo hasta el día anterior al inicio de cada período de ingreso del pago fraccionado, determinado de acuerdo con el Código de Comercio y demás normativa contable de desarrollo, minorado exclusivamente en los pagos fraccionados realizados con anterioridad, correspondientes al mismo período impositivo.

Asimismo, se establecen algunas excepciones como las rentas derivadas de operaciones de quita consecuencia de un acuerdo de acreedores y las rentas exentas que afecten a entidades sin ánimo de lucro.

  • Incremento del porcentaje del pago a cuenta:

Se establece que el porcentaje para el cálculo del pago a cuenta será del 24% (frente al 17% vigente hasta la fecha).

Estas modificaciones han entrado en vigor el 30 de septiembre de 2016 (día de su aprobación por el Consejo de Ministros), y por tanto ya serán de aplicación para el pago a cuenta que se presentará entre el 1 y el 20 de octubre de 2016.

Esperamos que esta información os resulte de utilidad para una adecuada planificación fiscal.

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PACTO DE MEJORA: POR FIN EL TEAC UNIFICA CRITERIO!!!

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FELIZ NAVIDAD y PRÓSPERO 2018!!!!

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